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En esta reunión se ha abordado el siguiente Orden del Día:
1.-Seguridad Exterior de los Centros Penitenciarios.
2.- Instrucciones de Jornadas y Horarios de los empleados públicos penitenciarios.
1.- Seguridad Exterior de los Centros Penitenciarios:
El Sr. Secretario General se ratifica en lo manifestado en la anterior reunión que tuvo con la parte social el 10 de julio de 2012, así como en su nota informativa de la misma fecha; a lo que añadió que el contrato (negociado y sin publicidad) se ha licitado pero aún no se ha adjudicado, aunque ésta tendrá lugar en un breve plazo. En dicho contrato se prevé la incorporación de vigilantes jurados a 21 Centros Penitenciarios. El modelo que se trata de implantar es similar al de los aeropuertos. Se trataría de vigilantes jurados sin armas, dependientes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y que se destinarán a la vigilancia exterior y perimetral, control de acceso y cámaras CCTV; en ningún caso, ocuparán puestos de trabajo destinados a los empleados públicos penitenciarios. La duración del contrato es de 9 meses, luego se procederá a su evaluación por la Secretaria de Estado de Seguridad.
El Sr. Secretario General trasladó a la Secretaría de Estado de Seguridad la responsabilidad de la transformación de la seguridad exterior de los Centros Penitenciarios.
CSI·F, como ya se ha manifestado en innumerables ocasiones, rechaza frontalmente las modificaciones que en esta materia se plantean por parte de la Administración y que conducen derechamente a la privatización en la prestación de los servicios públicos penitenciarios.
CSI·F denuncia la nula trasparencia y el secretismo que ha habido en este tema por parte del Ministerio del Interior y de la SGIIPP, lo cual constituye una grave irresponsabilidad pues se trata de una materia que afecta sustancialmente a la seguridad de los centros de trabajo y la de miles de trabajadores penitenciarios.
CSI·F vuelve a insistir en que las modificaciones en materia de seguridad exterior no se deben llevar a cabo vulnerando la legalidad vigente (Ley Orgánica General Penitenciaria, Reglamento Penitenciario, EBEP, etc.), por lo que nos reservamos el ejercicio de las acciones legales oportunas en defensa de la misma.
CSI·F sostiene que con la modificación que se pretende en la seguridad exterior de los centros penitenciarios, en vez de fortalecer el sistema, lo debilita gravemente.
Consideramos que la recolocación de los escoltas del País Vasco es la escusa mediática perfecta para que la sociedad visione una necesidad inexistente, pues todo ha sido meticulosamente planificado siguiendo una hoja de ruta y unos tiempos.
Esta organización sindical entiende que, tal y como se nos plantea esta transformación de la seguridad exterior, lejos de ahorrar dinero público, lo que se produce es un gasto adicional insoportable; es decir, que en una época de austeridad en todos los órdenes, se opta por la decisión menos realista, gastar más dinero público. Pero, puestos a gastar, se podía haber convocado una OEP suficiente o contratar a Funcionarios de II. PP. interinos para paliar la escasez de efectivos de la Institución.
CSI·F solicita al Sr. Secretario Gral. que trasmita al Ministro del Interior nuestra total disconformidad con su posicionamiento en la IV Cumbre Europea de Servicios de Seguridad Privada celebrada en Madrid los días 14 y 15 de marzo, reprochando el apoyo explícito del máximo responsable de seguridad al Presidente de la CEOE. Ésta Central sindical no considera una simple colaboración (según palabras textuales del máximo responsable de Interior) entre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Instituciones Penitenciarias y las Empresas de Seguridad Privada, más bien CSI·F estima que pudiera tratarse de un negocio redondo para algunos pocos..
Por lo tanto y siguiendo la política neoliberal de las Administraciones Públicas en Educación y Sanidad, se abre “el melón” en II.PP. para que, paulatina y sigilosamente,” con nocturnidad y alevosía”, se externalicen los servicios exteriores e interiores de los Centros Penitenciarios, menospreciando los servicios prestados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Colectivo Penitenciario.
El Sr. Secretario General de II. PP. abandonó la reunión por motivos de agenda, pero antes de ello, se le reprochó por parte de CSI·F, el hecho de que minutos antes de iniciarse la Mesa Delegada, se hubiese reunido con otro sindicato para tratar asuntos reservados a la misma, haciendo con ello una interpretación “libre”, cuando no interesada, del Acuerdo de 20 de mayo de 2008 Administración-Sindicatos para la ordenación de la negociación colectiva en la Administración General del Estado.
Ante estos reproches, el Sr. Secretario General de II. PP., reconoce los hechos, pero, defendiéndose, achaca la reacción de todas las Organizaciones Sindicales a un problema de “celotipia”, confundiéndose, es la suposición más razonable, ya que se trata en realidad de una cuestión de respeto y acatamiento a la legalidad vigente. Esta Organización Sindical no niega la posibilidad de que el Sr. Secretario General de II. PP. se entreviste con quien crea conveniente, faltaría más, pero los Acuerdos están para cumplirse y obligan a todas las partes intervinientes.
Este tipo de comportamiento que se objeta, hace sospechar a CSI·F que la Secretaría General de II.PP. pudiera estar maniobrando, junto a alguna organización sindical, para paralizar las movilizaciones del sector en materia de Seguridad Privada, a cambio de obtener una situación sindical de privilegio.
2.- Instrucciones de Jornadas y Horarios de los empleados públicos penitenciarios.
La Subdirección General de Recursos Humanos nos entrega a las Organizaciones Sindicales convocadas a la reunión de Mesa Delegada de Instituciones Penitenciarias los borradores de las nuevas Instrucciones de jornadas y horarios referidas a los Servicios Centrales y Periféricos, a fin de que se puedan aportar, antes del día 26 de los corrientes, las alegaciones, observaciones, alternativas, …, relativas a las mismas, para ser tratadas en la próxima reunión prevista para el próximo día 8 de mayo
Una enfermedad curable o incurable que limite física, mental o psíquicamente puede asimilarse a una discapacidad
El Tribunal de Justicia en los asuntos acumulados C-335/11, C-337/11 Ring, Skoube Werge considera que la reducción del tiempo de trabajo puede considerarse como una medida de ajuste que el empleador ha de adoptar para permitir que una persona con discapacidad trabaje.
La Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación establece un marco general para luchar, entre otros aspectos, contra la discriminación por motivos de discapacidad.
La legislación danesa relativa al principio de no discriminación en el mercado laboral transpuso esta Directiva. Por otra parte, el Derecho laboral danés dispone que un empleador puede poner fin a un contrato de trabajo con un «preaviso abreviado» de un mes si el trabajador de que se trate ha estado de baja por enfermedad, manteniendo su remuneración, durante 120 días en los últimos doce meses.
En el presente caso, HK Danmark, un sindicato de trabajadores, interpuso unas demandas de indemnización en nombre de las Sras. Ring y Skouboe Werge, por su despido con un preaviso abreviado. HK Danmark afirma que las dos trabajadoras tenían una discapacidad y que sus respectivos empleadores tenían que haberles propuesto una reducción del tiempo de trabajo. HK sostiene igualmente que la disposición nacional relativa al preaviso abreviado no puede aplicarse en el caso de estas dos trabajadoras, ya que sus bajas por enfermedad eran consecuencia de sus discapacidades.
El Sø- og Handelsretten (Tribunal marítimo y mercantil, Dinamarca), que conoce de ambos asuntos, pide al Tribunal de Justicia que precise el concepto de discapacidad. También se trata de dilucidar si la reducción del tiempo de trabajo puede considerarse como una medida de ajuste razonable y si la ley danesa relativa al preaviso abreviado para el despido es contraria al Derecho de la Unión.
Dado que la Directiva no define la discapacidad, el Tribunal de Justicia dio una definición de este concepto en su sentencia Chacón Navas. 2 Dicho Tribunal declaró que este concepto difiere del de enfermedad y debe entenderse en el sentido de que se refiere a una limitación de larga duración derivada de dolencias físicas, mentales o psíquicasy que suponga un obstáculo para que la persona de que se trate participe en la vida profesional.
Con posterioridad a esa sentencia, la Unión ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. 3 De ello se sigue que la Directiva debe interpretarse, en la medida de lo posible, de conformidad con dicha Convención.
Mediante su sentencia dictada ayer jueves 11 de abril, el Tribunal de Justicia precisa en primer lugar que el concepto de «discapacidad» debe interpretarse en el sentido de que comprende una condición causada por una enfermedad diagnosticada médicamente como curable o incurable, cuando esta enfermedad acarrea una limitación, derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de la persona de que se trate en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores, si esta limitación es de larga duración.
El Tribunal de Justicia señala que, contrariamente a lo que alegan los empleadores en ambos asuntos, el concepto de «discapacidad» no implica necesariamente la exclusión total del trabajo o de la vida profesional. Además, la constatación de la existencia de una discapacidad no depende de la naturaleza de los ajustes que ha de efectuar el empleador, como la utilización de equipamiento especial. Corresponderá al órgano jurisdiccional nacional apreciar si, en los casos que se examinan, las trabajadoras eran personas con discapacidad.
A continuación, el Tribunal de Justicia recuerda que, conforme a la Directiva, los empresarios han de adoptar medidas de ajuste adecuadas y razonables para permitir a las personas con discapacidades acceder al empleo, tomar parte en él o progresar profesionalmente. El Tribunal de Justicia señala que la reducción del tiempo de trabajo, aunque no estuviera comprendida en el concepto de «pautas de [tiempo de] trabajo», explícitamente evocado por la Directiva, puede considerarse como una medida de ajuste apropiada en los casos en los que esa reducción permita al trabajador continuar ejerciendo su empleo.
No obstante, incumbe al juez nacional apreciar si, en los casos de que se trata, la reducción del tiempo de trabajo como medida de ajuste supone una carga excesiva para los empleadores.
El Tribunal de Justicia estima, igualmente, que la Directiva se opone a una disposición nacional que establece que un empleador puede poner fin a un contrato de trabajo con un preaviso abreviado si el trabajador discapacitado de que se trate ha estado de baja por enfermedad, manteniendo su remuneración, durante 120 días en los últimos doce meses, cuando esas bajas son consecuencia de que el empleador no adoptó las medidas de ajuste apropiadas y razonables para permitir trabajar a la persona con discapacidad.
Finalmente, el Tribunal de Justicia se pronuncia sobre la cuestión de si la disposición nacional relativa al preaviso abreviado puede suponer una discriminación contra las personas con discapacidad. Existe discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros puedan ocasionar una desventaja particular a personas con discapacidad, respecto de otras personas, salvo cuando pueda ser justificado.
El Tribunal de Justicia señala que la disposición nacional se aplica de manera idéntica a las personas con discapacidad y a las personas sin discapacidad que hayan estado de baja más de 120 días por esta razón. Por consiguiente, no cabe estimar que esta disposición establezca una diferencia de trato directa por motivos de discapacidad.
Pero el Tribunal de Justicia estima que un trabajador discapacitado está más expuesto al riesgo de que se le aplique el plazo de preaviso abreviado que un trabajador sin discapacidad, ya que está expuesto al riesgo adicional de padecer una enfermedad relacionada con su discapacidad. Por tanto, queda de manifiesto que esta disposición puede desfavorecer a los trabajadores con discapacidad y, de este modo, suponer una diferencia de trato indirecta por motivos de discapacidad.
El Tribunal de Justicia concluye que la Directiva se opone a una disposición nacional de esta índole, salvo si tal disposición, al tiempo que persigue un objetivo legítimo, no excede de lo necesario para alcanzarlo, circunstancia que corresponde apreciar al órgano jurisdiccional nacional. A este respecto, habida cuenta del amplio margen de apreciación reconocido a los Estados miembros en materia de política social y de empleo, corresponde al órgano jurisdiccional nacional examinar si el legislador danés, al perseguir los objetivos legítimos de la promoción de la contratación de las personas enfermas, por un lado, y de un equilibrio razonable entre los intereses opuestos del empleado y del empleador en lo que atañe a las bajas por enfermedad, por otro lado, no tuvo en cuenta datos relevantes que se refieren, en particular, a los trabajadores con discapacidad.
OPINIÓN:La sostenibilidad del sistema de pensiones (Artículo que nos lleva a la reflexión sobre el futuro más inmediato...)
A pesar del poco tiempo transcurrido, la reforma que hicimos hace dos años se ha quedado corta. A marzo de 2013 el número de afiliados no llegaba a los 16,2 millones, cuando habíamos llegado a tener más de 19 millones. Mientras el número de cotizantes caía, el número de pensiones superaba los 9 millones, de las cuales la mayoría son las de jubilación (5,4 millones) y las de viudedad (2,3 millones).
La ratio de cotizantes por cada pensionista se acerca peligrosamente a 2, que se considera el límite para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Durante el año 2012, hemos utilizado por primera vez el Fondo de Reserva. Como en septiembre necesitamos 3.000 millones y llegamos al límite establecido por ley del 3% anual, tuvimos que modificar la norma para ampliarlo, ya que en diciembre añadimos otros 4.000 millones.
Esta hucha tiene 63.000 millones de euros, invertidos lamentablemente en un 97% en deuda pública española. lo que no parece preocupar a la ministra.
Se publicó el mes de marzo un informe de Standard&Poors que analizaba lo que podía ocurrir en diversos países si no se modificaban las condiciones de jubilación, su efecto sobre el volumen de deuda pública y, en consecuencia, sobre el rating. Se basa en un informe de la Unión Europea de 2012 que proyecta la situación individualizada de cada país hasta 2060. De él se desprende que, si no se hacen reformas, la deuda pública española superaría el 200% en 2050 y no podría mantenerse el grado de inversión de la misma. No se asusten, como de la mayoría de países estudiados. El informe que les sirve de base para las proyecciones prevé que, en 2050, la población española subirá a 52 millones, el número de pensionistas superará los 16 millones y el número de personas entre 15 y 64 años subiría a 29 millones. De la última cantidad se deduce una fuerza laboral de 22 millones, después de restar estudiantes y otros colectivos. En estas condiciones, y asumiendo un aumento de la productividad del 1,6% anual, el porcentaje que representarían las pensiones sobre el PIB subiría del 10% actual al 14%.
En estos momentos, la comisión del Pacto de Toledo debe reflexionar sobre una propuesta para la implantación del factor de sostenibilidad, que ya han incorporado a su legislación otros países como Suecia. En definitiva, se basa en ajustar anualmente las pensiones a los factores demográficos y a la situación macroeconómica de forma automática y así evitar el desgaste político que supone. Ello no impide que también se puedan ajustar las variables paramétricas de edad de jubilación, aceleración del ritmo que marcó la reforma de 2011 para completarla antes de 2027 y las medidas que dificulten la jubilación anticipada, al menos a cargo del erario público. Es decir, que tendremos que revisar y ajustar a la realidad los parámetros fijados en cuanto a edad de jubilación, el número de años mínimo de cotización, el cálculo de la pensión y, especialmente, dificultar las jubilaciones anticipadas.
Proximidad al sistema anglosajón
Al final, la introducción de un factor de sostenibilidad acaba convirtiendo un sistema de prestación definida, que es el que tenemos hoy, en uno de contribución definida. En el primero, el compromiso es definir lo que cobrará el pensionista cuando se jubile mientras la aportación que haga al sistema depende de su situación laboral. En el segundo, lo que se define es la aportación que cada uno de nosotros vaya haciendo hasta el momento de la jubilación, pero el cobro de la pensión dependerá de la situación macroeconómica del país en ese momento.
El cambio es sustancial y obligará a aumentar los esfuerzos de ahorro para la jubilación a lo largo de nuestra vida laboral. Deberán incentivarse los planes de pensiones individuales y los de empresa, para compensar una pensión pública menos generosa que la actual, en cuanto a relación con el último salario cobrado. Ello nos acercaría al sistema anglosajón, que pretende ofrecer una pensión asistencial mínima a todos y no relacionarla con el salario o la aportación que haya efectuado el jubilado a lo largo de su vida. De hecho, esta situación ya se da de facto en los tramos más elevados de renta, ya que se sube la base de contribución de los asalariados, pero se mantiene constante la pensión máxima, lo que lleva a que la relación entre la primera pensión y el último salario sea menor.
En definitiva, pensiones aseguradas pero porcentualmente más bajas, y preparémonos para ahorrar más en cuanto se pueda.
La secretaría de acción social pone a tu disposición nuestra Guía de Convenios.
Se trata de una serie de empresas y profesionales que nos realizan a todos nosotros, a los afiliados de CSI·F, descuentos u otro tipo de ventajas.
En la mayor parte de los casos también podrán disfrutar de ellos nuestra familia más directa.
En última instancia, si el descuento o condición que se aplica no se corresponde con la ofertada, te rogamos contactes con nuestra Secretaría de Acción Social (en tu sede provincial de CSI·F) a fin de solventar el problema, y caso necesario romper unilateralmente nuestro acuerdo con ellos.
Por último, significarte que a lo largo del año vamos recibiendo
ofertas muy puntuales que te enviaremos a tu correo electrónico.
Confirma con tu sector que tu dirección de email sea correcta.
Esperando que la siguiente Guía te pueda ser de utilidad, recibe un cordial saludo de nuestra Ejecutiva Nacional de II.PP.
Una vez conocida y aceptada la posibilidad de que el riesgo psicosocial llegue a afectarnos a todos y cada uno de los empleados públicos, como al resto de los trabajadores, procede ya establecer algunas proporciones y marcar los perfiles más característicos o con mayor incidencia, ya que no cabe la utilización del término propensión, que contiene en sí una idea de tendencia hacia, en absoluto adecuada a la víctima de un riesgo psicosocial.
La primera de las diferencias estadísticas significativas que podemos observar en la distribución de afectados por este tipo de riesgo es la relativa a su sexo. La estadística que tenemos al respecto es claramente diferenciadora, dos tercios de las personas atendidas por efecto de los riesgos psicosociales son mujeres, mientras que el tercio restante corresponde a hombres.
Los datos estadísticos nos aportan una información valiosa, pero no siempre toda la información. La primera matización a esta estadística en la relativa a la muestra de individuos sobre los que se lleva a efecto el estudio. En este caso es sobre las personas que solicitan de una forma u otra ayuda por considerar que están soportando hostigamiento, acoso, mobbing, o un estrés desproporcionado con respecto al que sería aceptable para su puesto de trabajo. Podríamos pensar que trabajadores de uno y otro sexo solicitan ayuda por igual ante iguales situaciones, considerando que la estadística así inferida es por completo representativa del colectivo analizado; pero esta circunstancia no es exactamente así.
Aunque cada día conseguimos avances en la educación de los menores en valores de igualdad, lo cierto es que, en general, la educación de niños y niñas, tiene aún diferencias notables que crean algunos sesgos que deben ser considerados. Por término general a los varones se les educa más en la línea de llegar a ser un “hombre hecho y derecho”, o incluso por utilizar una expresión frecuente (eso sí, hoy en franca decadencia…) para ser un “machote”. Este tipo de educación hace que los varones asuman con frecuencia conceptos como el de que “los hombres no lloran”, y en general el rol de aquél que debe soportar mejor el sufrimiento. La asunción de este tipo de “deberes”, probablemente, hace que las peticiones de ayuda de los hombres sean menos en número y desde luego –y esta circunstancia sí que tiene una corroboración estadística- que cuando finalmente piden ayuda, el tiempo de padecimiento ha sido más lago y lógicamente el proceso patológico está en un estadio más avanzado, como con mucha probabilidad también las patologías asociadas.
Sin embargo, siempre en términos generales, la mujer es más dada a solicitar ayuda, o al menos a solicitarla antes en la progresión de una situación de riesgo psicosocial; lo que sin duda permite trabajar mejor en la recuperación de la víctima.
Así, con el rigor necesario, podemos afirmar que el número de víctimas de este riesgo laboral es mayor entre la población laboral del sexo femenino y que, entre los casos que se vienen contabilizando, es dos veces mayor la cifra en el caso de las mujeres que en el de los hombres; pero también debemos de ser conscientes de la existencia de otros factores que pueden ser significativos en la atribución del grado real de afectados en uno y otro sexo a este riesgo laboral. De otro modo podríamos caer en errores mayores, como el de inferir, ante el mayor número absoluto de casos del sexo femenino contabilizados, que los hombres tienen un mayor grado de resistencia ante este tipo de riesgo, o que tienen una fortaleza mayor ante la violencia psicológica; circunstancias estas que no están en modo alguno acreditadas.
Desde CSI.F te invitamos a hacer un análisis lo más realista y profundo posible de todas las circunstancia que tienen que ver con tu trabajo y de forma muy especial de aquellas que tienen que ver con el riesgo de llegar a padecer algún tipo de daño derivado del trabajo, y te invitamos a hacer este estudio con nosotros de la manera más amplia, menos simplista posible, tratándose como se trata en este caso de cuestiones de la mayor importancia para tu bienestar y para tu salud como trabajador. De entre estas invitaciones la primera y más evidente es la de considerar al riesgo psicosocial como uno de los que estadísticamente más posibilidades tienes de llegar a soportar, esto desde luego no lo dudes, independientemente de tu sexo.
LA NOMINA DE ABRIL SE VERÁ INCREMENTADA POR LA DEVOLUCIÓN DE LAS COTIZACIONES DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE
HACIENDA MANTIENE LA JUBILACION DE CLASES PASIVAS SIN CAMBIOS
EL 81,98% DE LOS MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS SIGUEN OPTANDO POR LAS ASEGURADORAS PARA LA ASISTENCIA SANITARIA
Devolución de las cuotas sociales correspondientes a la paga extra no percibida de Diciembre.
Nos confirma el Director General que se va a proceder a su devolución en la nómina correspondiente a abril por el procedimiento de no descontar la correspondiente a dicho mes.
El impacto para la Mutualidad será de 26 millones de € que no van a tener ninguna repercusión porque se va a tirar del Remanente de Tesorería
Jubilación de Clases Pasivas
Aprovechando la presencia en el Consejo General de una representante de la Dirección General de Costes, y dados los numerosos rumores que corren entre los funcionarios, los sindicatos del Consejo le hemos preguntado si el Ministerio de Hacienda tenía prevista alguna modificación de la jubilación, tanto voluntaria como forzosa, de la Jubilación de Clases Pasivas y nos ha confirmado que no tienen prevista a día de hoy ninguna modificación legislativa que suponga algún cambio en las modalidades de jubilación de clases pasivas. Por tanto, se mantienen la jubilación voluntaria con 60 años de edad y 30 de servicios (con el 100% en el caso de 35 años cotizados) y la forzosa a los 65 años.
Después de los muchos rumores y los desmentidos que hemos hecho ante las muchas consultas recibidas, esta declaración deja las cosas como están.
Distribución del colectivo
Los datos a 31 enero 2013 indican que los mutualistas siguen manifestando su confianza en el modelo al optar el 81,98% por las aseguradoras y el 18,02% por la Seguridad Social. Unas cifras que indican claramente que el colectivo apuesta de forma casi unánime por el modelo y, que a pesar de la crisis y las dificultades que se están pasando, siguen con la confianza prácticamente igual.
Prestación farmacéutica
Lo más novedoso de 2012 ha sido el paso de algunos medicamentos, que son de administración hospitalaria, de expedirse en las farmacias a hacerlo directamente en el hospital. Esto ha significado un aumento del gasto farmacéutico ya que con anterioridad era el mutualista el que iba a la farmacia para su adquisición y ahora lo hace directamente el hospital y pasa la factura a MUFACE.
Se ha actualizado la aportación de los medicamentos en caso de los crónicos. En estos casos se aporta el 10% con un tope de 4,16€ (antes era de 2,43€ y llevaba varios años sin actualizarse)
Se ha producido un ahorro del 7% con las medidas de ahorro implantadas y la prescripción de genéricosque empezaron el año con un 17,71% y acabaron con el 22,70%.
Convocatoria de ayudas de protección socio sanitaria para 2013
Las ayudas de protección socio sanitaria están afectadas por los recortes que expusimos en nuestro informe de diciembre pasado. Teniendo en cuenta que algunos programas se suprimen y otros se recortan, las ayudas se van a convocar con las siguientes características:
1. Se refuerza la relación entre la ayuda directa que se otorga y la capacidad económica mensual de los beneficiarios
2. Se incrementa la duración de la ayuda en determinados programas y modalidades. Se ha obviado la limitación temporal de tres meses desde la fecha de solicitud de la ayuda
3. Se amplía el plazo para llevar a cabo el ingreso en residencias temporales hasta un máximo de diez días naturales desde el alta hospitalaria, en vez de las 24 horas que se exigían con la anterior convocatoria.
4. Se implantan mejoras en el programa dirigido a enfermos oncológicos
Receta electrónica
Había un compromiso de implantar la receta electrónica de forma experimental en 2013 y general en 2014 en aquellas CCAA que ya tuvieran implantada la receta electrónica por el SNS.
Nos informa el Director General que el plan experimental se va a llevar a cabo en Extremadura. Para los meses de junio-julio esperan ya funcionen en dos ciudades de dicha Comunidad, y para el último trimestre de forma general en toda la CA.
Jornada CSIF-IDIS sobre el modelo MUFACE
El pasado 14 de febrero CSIF convocó las “Jornada Mutualismo Administrativo: Eficiencia de un Modelo” que se realizaron conjuntamente con el Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS).
Se trataba de una jornada de reflexión sobre el modelo del Mutualismo Administrativo, en la que participaron todas las Mutualidades, los partidos políticos que han gestionado el Modelo desde su creación y las compañías médicas del Concierto.
Las conclusiones fueron que el modelo goza de un gran apoyo entre los mutualistas, que tiene una gestión impecable que se manifiesta en gastar lo que le asignan sin tener deudas y que lo hace con una economía de medios reconocida. Por la parte negativa, la escasísima entrada de nuevos mutualistas por la congelación de las ofertas de empleo público, lo que conlleva el envejecimiento del colectivo, y la insuficiente financiación por parte de la Administración.
CSIF dio las gracias al Director General por su participación.
CSIF CONTINÚA EN PRIMERA LINEA EN LA DEFENSA DEL MUTUALISMO ADMINISTRATIVO
Es uno de los comentarios más escuchados en los últimos tiempos en España: “Tal y como están las cosas, me extraña que la gente aún no haya salido a arrasar con todo”.
La “gente”, claro, son los demás porque quien lo dice suele expresar una mezcla de estupefacción, deseo implícito y temor a que estalle la violencia.
¿Por qué no ha estallado la violencia en España? Todos hablamos de la crisis pero no nos ha afectado a todos por igual.
Este clarificador gráfico indica que son los más desfavorecidos –el 30% menos pudiente- el que más ha mermado sus ingresos y su calidad de vida. Es decir, los parias… “Y los parias no suelen hacer las revoluciones –explica Florentino Moreno, profesor de Psicología Social de la Universidad Complutense-. La historia nos demuestra que han sido las clases medias y los burgueses los que han encabezado las revoluciones, generalmente cuando sus expectativas se han visto frustradas. No fue el lumpen el que tomó La Bastilla, sino los comerciantes. De hecho, en los países más pobres, como los africanos, nunca se han producido revueltas políticas violentas”.
El factor frustración es troncal en la eclosión de la violencia colectiva. Según el modelo propuesto por Hugh Davis en 1962, un detonante de la violencia sería la “privación progresiva”, es decir el inconformismo creciente de un individuo posterior a la prolongada espera para obtener algo: “No solo estoy mal sino que me comparo con mis propias expectativas”.
“Es más probable que ocurra una revolución cuando a una época prolongada de crecimiento social y económico siguen períodos cortos de reveses agudos –explica la teoría de Davies- “… la gente aprende a esperar mejorar continuas”.
“Existen varios factores que explican la relativa paz social en España –respondeFlorentino Moreno-. Por un lado, la dispersión de la identidad social. Se han desdibujado conceptos como el sentimiento de pertenencia a una clase, muy fuerte en conflictos anteriores. A esta dispersión social hay que sumar una dispersión geográfica”.
“En relación con lo anterior, ha tenido lugar un largo proceso dehiperpsicologización de la población: nuestro problema es solo nuestro. Cada cual tiene que buscar su propia salida”.
“Un tercer factor –prosigue Moreno- es la percepción de que no se han agotado las alternativas no violentas: la violencia se ejerce por cambiar mucho, no por cambiar un poco”.
En el mismo sentido se aplica la deslegitimización de la violencia como herramienta de cambio en las últimas décadas, un zeitgeist opuesto al que se vivía en los años 70 y 80: “No existe nadie ahora mismo que tenga un discurso que justifique la violencia como reacción a la violencia del sistema. Con la posible salvedad de Negri, la violencia se considera un recurso último y muy devaluado”.
Cuando la violencia amenaza con llegar a las calles, el Estado y su brazo armado, la Policía, ejercen un “eficaz control social preventivo”, apunta Elena Ayllón, del mismo departamento de Psicología Social de la UCM: “La Policía está trabajando con mucha perspicacia para localizar y desactivar los posibles focos de conflicto antes de que estalle la violencia. Los líderes son reprimidos o bien las demandas de los colectivos más beligerantes son satisfechas”, explica. En caso de que esto falle, la violencia está “muy penalizada”, como demuestra el endurecimiento del Código Penal que ultima el ministro Gallardón.
Por último, pero no por ello menos importante, es la existencia de un “factor precipitante” –el último de los seis factores contemplados por el sociólogo Dinam Smelser en su modelo de 1962-, una chispa que prenda el combustible de la indignación, como fue el apaleamiento de Rodney King por la policía, que desembocó en los mayores disturbios del siglo XX en Estados Unidos o la muerte de dos adolescentes de origen africano en París, que desencadenaron una violentísima revuelta en Francia en el verano de 2005. Iñaki Berazaluce
Semana del 02.04.2013 al 08.04.2013
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de empleo público de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea, de Organismos Internacionales y, de la Administración Local, los anuncios que se hayan insertado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), correspondientes a los Ayuntamientos de las capitales de provincia, los Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes y de todos aquellos que convoquen al menos 3 plazas.
Quincena del 02.04.2013 al 15.04.2013
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de Ayudas, Becas y Subvenciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea y de Organismos Internacionales.
¿Tenemos todos algún elemento de psicopatía? Es difícil saber lo que caracteriza a un psicópata. Son depredadores sociales. Saben lo que hacen, entienden la diferencia entre en bien y el mal, pero son incapaces de sentir empatía. Les falta la capacidad de entender que lo que hacen tiene consecuencias emocionalmente devastadoras sobre los demás. No sienten ningún tipo de remordimiento, su conciencia no les dice que han actuado mal
Los psicópatas suelen ser, normalmente, mentirosos, violentos y encantadores. Se acogen a las reglas de la sociedad ¿Cómo podemos identificarlos? ¿Podríamos saber si nuestro amigo, nuestro jefe o nuestra pareja es psicópata? Hasta que no comprendamos que tienen una manera distinta de ver el mundo humano, estaremos condenados a ser sus víctimas.
La psicopatía se presenta bajo más caras que la del asesino despiadado. Los psicópatas tienen formas más sutiles de hacer daño que la agresión física y de hecho los peores de ellos llevan trajes impecables, conducen coches de lujo y ocupan algunos de los puestos más importantes en política y empresa: tu jefe podría ser uno de ellos. Robert Hare, Psicólogo de la University of British Columbia, Canadá, vuelve a REDES para hablarnos de peligros que muchas veces preferimos no ver.
Contaremos también con las opiniones de Vicente Garrido, uno de los mayores expertos en psicopatía de nuestro país. Sus investigaciones en la Universidad de Valencia van mucho más allá de los libros y se puede decir que ha mirado a más de un psicópata a los ojos. Esta semana nos hablará de qué hay en esas mentes.
Semana del 26.03.2013 al 01.04.2013
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de empleo público de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea, de Organismos Internacionales y, de la Administración Local, los anuncios que se hayan insertado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), correspondientes a los Ayuntamientos de las capitales de provincia, los Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes y de todos aquellos que convoquen al menos 3 plazas.
Quincena del 26.03.2013 al 08.04.2013
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de Ayudas, Becas y Subvenciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea y de Organismos Internacionales.

SIN POTESTAD PARA IDENTIFICAR O DETENER HASTA QUE SE MODIFIQUE LA LEY
La privatización llega a las puertas de las cárceles españolas. A partir del 1 de abril se incorporarán a 21 centros penitenciarios (19 custodiados por la Guardia Civil y otros dos por el Cuerpo de Policía Nacional) vigilantes de seguridad privada que serán en principio un “refuerzo” a los componentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, según recoge el documento que la Dirección General de la Guardia Civil ha enviado a las diferentes Unidades de Seguridad Penitenciaria.
Comisiones Obreras y UGT coinciden en subrayar la “menor cualificación de los vigilantes privados en comparación con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado”, un asunto que admiten en Interior y por el que aseguran que la labor del nuevo cuerpo se desarrollará “en las zonas perimetrales de los centros penitenciarios y no en el interior de los mismos”.
Sin embargo, para la AUGC esto no es consuelo. “La vigilancia del recinto es competencia de la Guardia Civil o de la Policía Nacional. Y no por casualidad sino porque legalmente somos los únicos autorizados a realizaridentificaciones o detenciones, ya sea en el exterior de las cárceles, en el metro o los aeropuertos”.
Con respecto a la legislación, a finales de 2012, el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz anunció la necesidad de una nueva ley de Seguridad Privada que presumiblemente aumentará las competencias de los vigilantes y cuya elaboración esta ya "muy avanzada", porque la actual normativa está "superada por el tiempo".
Privatización de la seguridad pública
La medida ha caído como un jarro de agua fría en la Benemérita, que ya ha mostrado su oposición a través de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), el sindicato mayoritario en el Cuerpo: “Es un intento claro de privatizar la seguridad pública, igual que está sucediendo con la sanidad y la educación”, denuncia uno de sus portavoces.
En Interior aseguran que el desembarco de personal de seguridad privada en los centros penitenciarios españoles “no sería en ningún caso sustitutiva, sino complementaria”. Es decir, que el actual personal de prisiones seguirá en su puesto y los vigilantes privados serán una “extra” en el actual modelo.
Por su parte, la Guardia Civil denuncia el “abandono” que está sufriendo el Cuerpo, donde se producen anualmente una media de 5.000 jubilaciones y únicamente entre 200 y 300 ingresos. “Si lo que quieren (el Ministerio) es reforzar nuestra labor, que permitan la promoción de más agentes”, demandan en la AUGC ante estas cifras. A su juicio, la opción de la seguridad privada es perjudicial para la eficacia del servicio ya que empeorará la coordinación. “Llevamos 30 años luchando por unificar la base de datos de la Policía y la Guardia Civil sin éxito. ¿Y ahora pretenden que nos pongamos de acuerdo tres instituciones diferentes?”, preguntan irónicos.
Una medida sin ahorro
“Las colaboraciones público-privadas, por lo general, nunca son sinónimo de ahorro”, analiza Ángel Moreno, secretario general de CCOO Instituciones Penitenciarias. Por eso las sospechas de los sindicatos recaen sobre posibles intereses privados y particulares. “Las únicas beneficiadas serán las empresas de seguridad privada que hayan conseguido las concesiones y que no conocemos, ya que alegando que es una cuestión de seguridad no se han hecho públicas”, señala Jesús Otin, miembro del Sindicato de Prisiones de UGT.
“Interior vende la medida como un plan piloto, pero mucho nos tememos que este es el primer paso de una sustitución progresiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por miembros de seguridad privada”, lamenta el portavoz de la AUGC, que recuerda haber vivido la misma experiencia en los aeropuertos. “Ojalá nos equivoquemos, pero la sombra de la privatización en este país es cada vez más alargada”.
Es vergonzoso al querer exponer casos de chic@s ahora mayores en centros de acogida del Principado de Asturias la consejera no solo me elimino si no boicotearon mi red quitaron testimonios que volverán ponerse otra vez, si esto es libertad que baje Dios y lo vea, los niñ@s en centros de acogida sufren de todo, mientras estas personas vuelven a poner sus testimonios vean en vídeos de menores de 18 meses a 18 años ahí metidos con ningún tipo relacion con su familia y asi salen, que pena ESTHER DIAZ CONSEJERA SIRVICIOS SOCIALES cogieras miedo y no veas los relatos, como dices pateas la calle por que dan votos estos menores no, solo para mantener centros con sus trabajadores de todo hay ahí ni el Fiscal donde es obligatorio visitar los centros no lo hacen